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Regulación

RGCE 2026: Tercera versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones

Jorge Pelz

Director General

Publicado

·

~4 min de lectura

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Se da a conocer la Tercera versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026

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RGCE 2026: Tercera versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE para 2026

¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica?

La Manifestación de Valor Electrónica (MVE) es la declaración que todo importador debe presentar para determinar el valor en aduana de la mercancía que introduce a territorio nacional. No se trata de un documento opcional, sino de una obligación establecida en el artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera, que exige entregar esta manifestación —bajo protesta de decir verdad— junto con la información y documentación que respalde el valor declarado.

El artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera detalla qué documentos deben acompañarla: el CFDI o documento equivalente, el conocimiento de embarque o guía de transporte, el certificado de origen, la garantía cuando aplique, el comprobante de pago, los gastos incrementables y decrementables (y sus pagos), contratos y órdenes de compra, y cualquier otro soporte necesario para determinar el valor en aduana.

La regla 1.5.1 de las RGCE es la que regula el marco operativo para cumplir con esta obligación: establece que la MVE se transmite a través de VUTCE (antes VUCEM) usando el formato E2, contenido en el Anexo 1, por cada operación de comercio exterior.

MVE vs. factura, COVE y pedimento. Es posible llegar a confundir la MVE con otros documentos relacionados con el despacho aduanero:

  • Factura (CFDI o documento equivalente): respalda la operación comercial entre proveedor e importador. La MVE la usa como uno de sus soportes, no la sustituye.
  • COVE (acuse de valor): documenta el valor de una operación específica, normalmente ligado a una factura, y su transmisión es ante VUTCE previo a la MVE y al pedimento. Una sola MVE puede agrupar uno o varios COVE de un mismo pedimento — no se presenta una MVE por cada COVE.
  • Pedimento: es la declaración aduanera formal y final de cada operación de importación. La MVE se transmite por separado en VUTCE; y el folio de 13 caracteres que arroja se declara dentro del pedimento.

Cronología: de diciembre 2025 al 1 de octubre de 2026

La obligación no nacerá el 1 de octubre de 2026 — se ha postergado en cuatro ocasiones desde su fecha original. Conocer el historial completo ayuda a entender por qué puedes encontrar fechas distintas en otras fuentes, y por qué conviene verificar cuál es la vigente antes de tomar cualquier decisión.

  • 1 de agosto de 2025 — fecha en que se da a conocer la Hoja informativa No. 08, en donde se confirma que ya se encuentra disponible el formato E2 para su presentación a través de VUCEM.
  • 9 de diciembre de 2025 — fecha original en la que la MVE debía volverse obligatoria, conforme al Transitorio Quinto, segundo párrafo de las RGCE para 2025.
  • 8 de diciembre de 2025 — el SAT publica el Comunicado 65/2025 y prorroga la obligatoriedad al 1 de abril de 2026.
  • 30 de marzo de 2026 — mediante la 1ra versión anticipada a las RGCE 2026, se reforma el Transitorio Décimo Primero, para prorrogar la fecha al 1 de junio de 2026; el SAT lo confirma al día siguiente en el Comunicado 23/2026.
  • 1 de junio de 2026 — “entrada en vigor” por dos días, donde al inicio parecía que todo fluiría adecuadamente; sin embargo, alrededor de las 16:00 horas se presentaron intermitencias a nivel nacional en el servicio de digitalización de ED.
  • 2 de junio de 2026Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, con una nueva prórroga: periodo de convivencia hasta el 31 de julio de 2026.
  • 31 de julio de 2026Tercera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, con una nueva prórroga: periodo de convivencia hasta el 30 de septiembre de 2026.
  • 1 de octubre de 2026 — entrada en vigor obligatoria, sin excepción (salvo nueva prórroga por parte del SAT).

Dado el historial de modificaciones, te recomendamos verificar la vigencia más reciente directamente en los comunicados del SAT, el Diario Oficial de la Federación o el minisitio de RGCE antes de tomar decisiones basadas en esta fecha.

Hasta el 30 de septiembre de 2026, conviven el esquema tradicional y el electrónico. A partir del 1 de octubre, solo la MVE transmitida en VUTCE mediante el formato E2 es válida.

Nota: esta cronología no contempla la primera versión de esta obligación, dada a conocer en las RGCE de 2019 (publicadas el 24 de junio de 2019), ya que se había venido prorrogando año con año desde entonces.

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